Hagamos de este espacio, un lugar de encuentro para compartir responsablemente nuestras ideas, experiencias y cuestionamientos realcionados con la práctica docente y ciudadana, así como el hecho educativo propiamente dicho a la luz de los cuerpos normativos venezolanos
viernes, 18 de abril de 2014
LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE (LOPNA, 2007)
Feliz tarde para todas... espero que estos días de recogimiento y reflexión iluminen su quehacer ciudadano y orienten su acción hacia la revisión permanente de la necesaria responsabilidad con el proceso de aprendizaje y profesionalización que decidieron emprender...
Durante varias semanas, discutimos sobre los planteamientos de la LOPNA, su impacto en el sistema educativo y muy particularmente en el espacio escolar. En este orden de ideas
1. Cuales planteamientos de los estudiados en la CRBV y la LOE, consideran que se orientan a garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes en Venezuela?
2. Que significa para usted que los niños, niñas y adolescentes son SUJETOS y no OBJETOS de derecho?
3. Como interpreta el principio del INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO, en el contexto escolar?
4. Considera que los acuerdos de conviviencia, tal y como se proponen hoy día en las Instituciones escolares, se ajustan a los planteamientos de ley para garantizar el goce pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes? por qué?
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