Hagamos de este espacio, un lugar de encuentro para compartir responsablemente nuestras ideas, experiencias y cuestionamientos realcionados con la práctica docente y ciudadana, así como el hecho educativo propiamente dicho a la luz de los cuerpos normativos venezolanos

viernes, 18 de abril de 2014

LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE (LOPNA, 2007)

Feliz tarde para todas... espero que estos días de recogimiento y reflexión iluminen su quehacer ciudadano y orienten su acción hacia la revisión permanente de la necesaria responsabilidad con el proceso de aprendizaje y profesionalización que decidieron emprender... Durante varias semanas, discutimos sobre los planteamientos de la LOPNA, su impacto en el sistema educativo y muy particularmente en el espacio escolar. En este orden de ideas 1. Cuales planteamientos de los estudiados en la CRBV y la LOE, consideran que se orientan a garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes en Venezuela? 2. Que significa para usted que los niños, niñas y adolescentes son SUJETOS y no OBJETOS de derecho? 3. Como interpreta el principio del INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO, en el contexto escolar? 4. Considera que los acuerdos de conviviencia, tal y como se proponen hoy día en las Instituciones escolares, se ajustan a los planteamientos de ley para garantizar el goce pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes? por qué?